martes, 24 de marzo de 2009

PLAN DE DESARROLLO

1. Plan de Desarrollo.

Es un instrumento de la planeación en el que se establece el marco del desarrollo de la Localidad con una visión estratégica compartida y de futuro, el cual es resultado de un proceso de concertación entre los diversos actores de la planeación local. En él se definen las prioridades del desarrollo para orientar la aplicación racional de los recursos de los fondos de Desarrollo Local, permitiendo así concebir objetivos y metas alcanzables en un período determinado.

Los principios generales, el contenido y alcance de los planes de desarrollo de las localidades, serán los mismos que rigen para las entidades territoriales, en cuanto le sean aplicables, de conformidad con las normas vigentes.

2. Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES).
Ésta es la máxima autoridad nacional de planeación y se desempeña como organismo asesor del Gobierno en todos los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del país. Para lograrlo, coordina y orienta a los organismos encargados de la dirección económica y social en el Gobierno, a través del estudio y aprobación de documentos sobre el desarrollo de políticas generales que son presentados en sesión.
El CONPES actúa bajo la dirección del Presidente de la República y lo componen los ministros de Relaciones Exteriores, Hacienda, Agricultura, Desarrollo, Trabajo, Transporte, Comercio Exterior, Medio Ambiente y Cultura, el Director del DNP, los gerentes del Banco de la República y de la Federación Nacional de Cafeteros, así como el Director de Asuntos para las Comunidades Negras del Ministerio del Interior y el Director para la Equidad de la Mujer.
3. Departamento Nacional de Planeación.

Es un organismo técnico asesor del Presidente de la República, encargado de la secretaría del CONPES y delegado para realizar, ejecutar y evaluar las políticas, los planes generales, programas y proyectos del sector público.Además, se encarga de proponer, con base en el estado de la economía nacional e internacional, los planes y programas para el desarrollo económico, social y ambiental del país.Está organizado en diferentes secciones que coordinan a otras entidades públicas, tales como: ministerios, departamentos administrativos y entidades territoriales, para el cumplimiento de sus objetivos.El Departamento Nacional de Planeación sigue los proyectos que propone el Plan de Desarrollo vigente. Busca, de esta manera, mantener una coherencia entre las políticas del gobierno en la práctica y los planes y proyectos que este se ha planteado.

4. Ley 152 de 1994.

Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo.

5. Ingresos del Estado.
Ante la diversidad de medios que el Estado utiliza para allegarse fondos, se han elaborado múltiples clasificaciones explicativas de sus ingresos, una de las podría ser la más clara y completa de todas es la expuesta por el distinguido jurisconsulto Giulanni Fonrouge, para quien los recursos del Estado deben de dividirse en dos grupos:
1. Ingresos tributarios Son aquellos que derivan de aportaciones económicas efectuadas por los ciudadanos que, por imperativos constitucionales y legales, se ven forzados a sacrificar una parte proporcional de sus ingresos, utilidades o rendimientos, en acatamiento del principio jurídico-fiscal que los obliga a contribuir a sufragar los gastos públicos.
a. Impuestos. Los impuestos constituyen el principal ingreso tributario del estado, al grado que puede afirmarse que la gran mayoría de las relaciones entre el fisco y los causantes se vinculan con la determinación, liquidación, posible impugnación y pago de un variado número de impuestos. código fiscal de la federación: “impuestos son las contribuciones establecidas en la ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma…” .
2. Ingresos financieros provenientes del ejercicio de poderes inherentes a la soberanía o al Poder del Estado, son los que provienen de todas las fuentes de financiamiento a las que el Estado recurra, en adición a las prestaciones tributarias recibidas de sus súbditos, para la integración del Presupuesto Nacional.
a. Empréstitos. se llama empréstitos a los créditos o financiamientos otorgados a un gobierno por un estado extranjero, por organismos internacionales de crédito (fondo monetario internacional, banco interamericano de desarrollo, eximbank, banco mundial, etc.,), por instituciones privadas de crédito extranjeras o por instituciones nacionales de crédito para la satisfacción de determinadas necesidades presupuestales, que generan para el gobierno receptor la obligación, a un cierto plazo, de restituirlos adicionados con una sobreprima por concepto de intereses y cuyo conjunto, aunado a otras disposiciones crediticias (emisión de bonos moratorias e indemnizaciones diferidas por expropiaciones y nacionalizaciones), forma la deuda pública de un país.
6. Impuestos, Tasas, Contribuciones, Empréstitos.

PRESUPUESTO:
· Ley orgánica.
· Ley del presupuesto, que esta se hace cada año para definir el presupuesto de ese año.

En el presupuesto se miden los ingresos y los gastos que tiene el Estado. En los ingresos encontramos los IMPUESTOS, que pueden ser nacionales, departamentales o municipales, que son directos, indirectos, regresivos, progresivos. También las TASAS, que se refiere a pagos de servicios públicos. Las CONTRIBUCIONES, son pagos que se le hacen al Estado por una sola vez para financiar una obra, como lo es la valorización, generalmente una obra pública. Los EMPRESTITOS, LOS DINEROS QUE EL Estado reciben en préstamo, así sean nacional o internacionalmente, como deuda pública para el propio Estado, o como deuda privada están las empresas privadas que requieren sus propios prestamos.
Los GASTOS son una suma muy cuantiosa, superior a los empréstitos. Hay que ser claros que la deuda externa es diferente a la deuda interna.

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